Causales de cancelación:
Cuando el alumno se retire del programa de formación profesional para el cual
se matriculó.
Cuando el alumno beneficiario solicite aplazamiento o interrupción del
programa por un término superior a los tres meses y se cuente con el acto
académico correspondiente.
Cuando trascurra un mes y el alumno continúe sin iniciar la etapa productiva y
en consecuencia no esté registrado en el aplicativo de Sistemas para la
Gestión Académica de Centros y por lo tanto tampoco se cuente con el
seguimiento respectivo por parte del instructor asignado en el Centro de
Formación.
Cuando el alumno sea sancionado con condicionamiento de la matrícula y éste
conste en el acto académico suscrito por el Subdirector del Centro de
Formación respectivo, debidamente comunicado al alumno.
Cuando el alumno sea sancionado con cancelación de matrícula, que conste
en acto administrativo debidamente suscrito por el Subdirector del Centro de
Formación y notificada al alumno. El acto administrativo de cancelación de la
matrícula suscrito por el Subdirector de Centro tiene como soporte el Acta del
Comité de Evaluación y Seguimiento que recomendó la cancelación.
Cuando el alumno suscriba contrato de aprendizaje.
Cuando el alumno suscriba contrato de trabajo o de prestación de servicios.
Cuando el alumno renuncie voluntariamente al apoyo de sostenimiento por
medio de escrito dirigido al Subdirector de Centro de Formación Profesional. Cuando se compruebe inexactitud en la información que dio origen al beneficio.
Cuando se compruebe con las Unidades de Emprendimiento de los Centros
de Formación o en el seguimiento a la etapa productiva por parte del Centro,
que el alumno no está cumpliendo el desarrollo del plan de negocio o la
práctica laboral o el proyecto productivo concertado.
9. Que revisión debo solicitar cuando no se me ha cancelado ningún
pago?
Verificar que haya sido seleccionado como beneficiario de apoyos de
sostenimiento en dicha convocatoria.
Verificar con el responsable de Apoyos de Sostenimiento en el Centro, si
la tarjeta que le entregaron esta activada en el sistema de administración
de Apoyos de ICETEX.
Verificar la información aprobada por el Centro de Formación en el
Sistema de Administración de Apoyos, relacionada con duración del
programa, fecha de inicio productiva, fecha fin del programa.
10. ¿Puedo acceder a otra convocatoria cuando he sido beneficiario de las
anteriores?
No es posible inscribirse ya que entre los requisitos se encuentra no haber
sido beneficiario de apoyos de sostenimiento en convocatorias anteriores.
11. En caso de obtener contrato de aprendizaje en una empresa. ¿puedo
continuar con el Apoyo de Sostenimiento?
No. No es posible continuar con el apoyo, en razón a que ya lo estaría
recibiendo a través de un patrocinio. Además, es causal de cancelación del
beneficio el tener contrato de aprendizaje.
12. Si soy beneficiario de apoyos de sostenimiento y se me presenta la
posibilidad de un contrato de aprendizaje, debo descartar la opción
del patrocinio por estar recibiendo apoyo de sostenimiento?
No se debe descartar la opción del patrocinio, en razón a que con el
contrato de aprendizaje se tiene mayor valor en la mensualidad, es decir,
50% en etapa lectiva y 75% en etapa productiva. Simplemente, solicita ser
retirado de apoyos de sostenimiento, es decir, se le debe cancelar el apoyo.
Sin embargo, si el aprendiz desea no tener contrato de aprendizaje sino
dedicarse más a su plan de negocio puede continuar en el apoyo de
sostenimiento.
13. ¿A quien debo solicitar mi interés de recibir apoyo de sostenimiento?
Estas solicitudes deben ser presentadas o informadas en Bienestar al
aprendiz con el responsable de Apoyos de Sostenimiento en el Centro.
15. ¿Cuantos aprendices SENA se han beneficiado con la adjudicación del
apoyo de sostenimiento en las convocatorias realizadas?
En las dos convocatorias que se han desarrollado en el año 2006, 2007 se
han beneficiado a 5.941 aprendices a nivel nacional.
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